(Zenit, 18 de junio de 2009).
"Un proyecto legal que deja mal parada la libertad profesional y de conciencia"
El Consejo de Gobierno andaluz acaba de aprobar el proyecto de ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte, más conocido como "ley de muerte digna". Con este motivo, la Asociación para la Defensa del Derecho a la Objeción de conciencia (ANDOC), ha realizado una serie de precisiones.La ANDOC añade que si bien es cierto que el proyecto andaluz no regula la objeción de conciencia, "deja muy mal parada la libertad profesional y de conciencia de los médicos al indicar en su artículo 17 que los profesionales sanitarios ‘implicados en la atención del paciente tienen la obligación de respetar los valores y preferencias del paciente en la toma de decisiones clínicas, debiendo abstenerse de imponer sus opiniones personales morales, religiosas, filosóficas o de cualquier naturaleza'".
De respetar las convicciones de los pacientes sin imponer las propias, afirma la ANDOC, "a reducir al médico al silencio ante ‘preferencias del paciente', obligándole incluso a abstenerse de manifestar sus opiniones de ‘cualquier naturaleza', hay una diferencia abismal".
"¿Creen que con profesionales ‘mudos' pueden curarse o aliviarse enfermedades o contribuir al avance de la medicina? ¿Tiene algo que ver una disposición de este género con la realidad cotidiana de la asistencia sanitaria?", añade.
Para prestar una atención integral y de calidad a los pacientes graves o terminales, propone la ANDOC, "se hace necesario desarrollar mucho más los cuidados paliativos, formar a los profesionales en esta materia, dotar de medios específicos suficientes a los centros sanitarios, no cargar contra los profesionales, ni obligarles a actuar contra sus conocimientos y conciencia".
Y concluye: "Cualquier ley de ‘muerte digna' que no cuente con los profesionales sanitarios, no aportará dignidad ni a los médicos, ni a los pacientes, ni al propio sistema sanitario".
Por Nieves San Martín